Los Municipios Ribereños exigen el cambio inmediato de las reglas del trasvase tras el aval del Supremo al Plan del Tajo
La Asociación de Municipios Ribereños de los Embalses de Entrepeñas y Buendía considera que la última sentencia del Tribunal Supremo contra el recurso presentado por el Sindicato Central de Regantes del Acueducto Tajo-Segura (Scrats) supone el cierre definitivo del ciclo judicial abierto contra los caudales ecológicos del río Tajo. La organización señala que el fallo deja sin argumentos ni margen político al Ministerio para seguir retrasando la modificación de las reglas de explotación del trasvase Tajo-Segura, añadiendo que ya hay que actuar.
A través de un comunicado, los ribereños sostienen que la resolución judicial desmonta definitivamente los argumentos trasnochados utilizados durante décadas por el lobby trasvasista y consolida una doctrina jurídica clara: los caudales ecológicos son una restricción previa y superior a cualquier uso del agua, incluido el trasvase.
El colectivo destaca que esta resolución es la más dura dictada por el Tribunal Supremo para el Levante, debido a que deja de forma definitiva y absolutamente clara que los caudales ecológicos del Tajo son obligatorios y están por encima del trasvase. A su juicio, esto conlleva la consecuencia inmediata de que es imperativo cambiar las reglas de explotación del acueducto.
El presidente de la Asociación de Municipios Ribereños, Borja Castro, ha señalado que el Ministerio ya no tiene más excusas ni margen para seguir demorándolo. Castro asegura que la sentencia reafirma que los usuarios del Tajo-Segura utilizan exclusivamente aguas excedentarias y que, por tanto, no existe ningún derecho garantizado sobre esos recursos mientras no estén plenamente cubiertas las necesidades ambientales y consultivas de la propia cuenca cedente.
Además, Castro apunta que el Tribunal Supremo rechaza otro de los principales argumentos históricos de Scrats y confirma que sí ha existido concertación entre las cuencas del Tajo y del Segura. Los municipios de la zona recuerdan que la implantación de los caudales ecológicos se ha escalonado durante tres años precisamente para facilitar la adaptación de la cuenca receptora a nuevas fuentes de suministro, como la desalación.
A juicio de la asociación, la sentencia desactiva uno tras otro todos los pilares jurídicos empleados por Scrats contra el Plan Hidrológico del Tajo, incluyendo las alegaciones relativas a la metodología técnica, la evaluación ambiental y la coordinación entre cuencas.
Castro ha concluido afirmando que esta era la gran batalla judicial y el Supremo la ha zanjado, exigiendo la convocatoria inmediata de la mesa de trabajo para presentar unas nuevas reglas adaptadas a la realidad legal y ambiental actual. Asimismo, ha advertido de que mantener la normativa vigente supone perpetuar una situación insostenible para Entrepeñas y Buendía.
