Guadalajara regula el uso de bicicletas, patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal
El pleno del Ayuntamiento de Guadalajara ha aprobado hoy con los votos a favor de PSOE, Ciudadanos, PP, Unidas Podemos, Vox y la abstención de Aike, la modificación de la ordenanza de circulación para regular el uso en la ciudad de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), ciclos, y bicicletas de pedales con pedaleo asistido.
La de hoy es una aprobación inicial; a continuación el texto se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia por un período de 30 días hábiles para presentar alegaciones y de no haberlas, se procederá a su publicación definitiva tras un nuevo plazo de quince días a exposición pública. Será entonces cuando la modificación entre en vigor.
El texto establece, entre otras normas, que la edad mínima para conducir este tipo de vehículos es de 15 años. Los menores de 16 años deberán llevar casco cuando circulen en bicicleta en vías urbanas, y para los mayores de edad el uso es recomendable tanto en bicicleta como en VMP.
Este tipo de vehículos circulará preferentemente por vías ciclistas, y de no existir, por la calzada, quedando prohibido su uso por aceras, espacios y calles peatonales, plazas, parques y paseos.
Los conductores de vehículos a motor deberán respetar la circulación de estos, estableciéndose distancias de separación al adelantar de 1,5 metros y de cinco cuando circulen por detrás.
La ordenanza también regula su estacionamiento en los espacios que se acondicionarán a tal fin, y prohibido fuera de estos lugares; en la zona ORA; en las salidas de emergencia de los locales, el amarre a farolas u otros elementos de mobiliario urbano.
La normativa incorpora asimismo un régimen sancionador con denuncias cuyo importe oscilan entre los 50 y 500 euros en los casos de infracciones muy graves contempladas en los códigos de circulación. No obstante, cuando el texto de la nueva ordenanza sea definitivo, el Ayuntamiento pondrá en marcha una campaña informativa y de concienciación dirigida a toda la población.
Por otra parte, contempla igualmente las actividades económicas que deriven de la utilización de estos vehículos, como alquiler sin conductor; y aquellas destinadas a turismo y ocio.