El Seprona localiza 55 perros en Moratilla de Henares en condiciones higiénico sanitarias muy deficientes
La patrulla del Seprona de la Guardia Civil de Atienza ha llevado a cabo una inspección en una explotación agrícola situada en el término municipal de Moratilla de Henares donde se encontraban una cincuentena de perros que presentaban numerosas irregularidades en materia higiénico sanitaria y documental. Se trata de perros de diferentes razas que se dedicaban a la actividad cinegética formando parte de diferentes rehalas.
En la inspección que llevaron a cabo los agentes, se comprobó que los animales utilizaban como refugio bidones de chapa, contenedores de basura o casetas de obra, así mismo, toda la zona estaba llena de excrementos y algunos de los perros presentaban infecciones y presencia de parásitos.
La actuación se ha saldado con la constatación de numerosas infracciones y la denuncia del titular de los animales ante las administraciones competentes.
Rehalas
Se considera rehala toda agrupación compuesta entre 15 y 25 perros que cazan en grupo, especies de caza mayor en las modalidades de montería, gancho o batida, dirigidos por un perrero o podenquero. Entre las razas más comunes destacan el Mastín, Podenco, Alano y cruces entre ellos o con otras razas. Para su empleo es necesario estar en posesión de los siguientes documentos:
- Documento de inscripción como rehala en el registro de núcleos zoológicos de Castilla –La Mancha.
- Documento de identificación de los perros, al día.
- El Rehalero deberá disponer de la licencia de Caza de Castilla- La Mancha.
Bienestar animal
La tenencia de los animales domésticos esta regulada en las diferentes legislaciones de las Comunidades Autónomas, donde se específica todo lo referente a sus cuidados, higiene, documentación, vacunaciones, así como la tipificación de las infracciones y sus sanciones, hay que señalar que en Castilla- La Mancha, en marzo de este año entró en vigor la nueva Ley de Bienestar, Protección y Defensa de los Animales.
Por otro lado, las conductas de maltrato y abandono de animales domésticos están recogidas en los artículos 337 y 337 bis del Código Penal y llevan aparejadas penas de prisión de hasta 18 meses, además de la inhabilitación para el ejercicio de cualquier profesión que tenga relación con los animales y para la tenencia de los mismos.