El Colegio de Abogados de Guadalajara modifica sus estatutos
El Ilustre Colegio de Abogados de Guadalajara celebró en la tarde de ayer una Junta General Extraordinaria a la que estaban convocados todos sus colegiados. Se trataba de una reunión importante porque en ella se votaría dos cuestiones que determinaba la modificación de los estatutos del colegio profesional.
Según los resultados de la votación en la que tomaron parte más de un centenar de colegiados, el ICA de Guadalajara modifica sus estatutos en su artículo seis, concretamente en el apartado 6.1 que afecta a los criterios necesarios para prestar servicio en el Turno de Oficio, estableciéndose ahora que los abogados ejercientes incorporados a este colegio, deberán tener despacho profesional abierto en su ámbito territorial y residir en la provincia de Guadalajara, además de llevar tres o más años de ejercicicio efectivo y estar en posesión del diploma que acredite la superación de los cursos de la Escuela de Práctica Jurídica del Colegio de Abogados de Guadalajara o de cualquiera otra dependiente de un órgano colegial equivalente.
Estas nuevas disposiciones se introducen con motivo de las recomendaciones que dieron los tribunales con motivo de la sanción de la Comisión Nacional de Mercados al Ilustre Colegio de Abogados de Guadalajara en 2015, cuya sanción, después de un proceso judicial, quedó anualada por la Audiencia Nacional en abril de 2018.
La propuesta quedó aprobada por un amplio respaldo de los colegiados asistentes a esta Junta General Extraordinaria, por 90 votos a favor, mientras que otras 35 personas votaron a favor del cambio siempre que se aplicara solo a las personas de nuevo ingreso en el colegio y no a las que ya estaban colegiadas.
Igualmente, y también mediante sistema de votación, quedó aprobado por mayoría el cambio de denominación del colegio según la recomendación el Consejo General de la Abogacía Española de Ilustre Colegio de Abogados de Guadalajara a Ilustre Colegio de la Abogacía de Guadalajara.